SANTO DOMINGO. – El Ministerio de Administración Pública (MAP) dispuso la presencialidad mínima en instituciones públicas y priorizó el teletrabajo en los puestos que así lo permitan, debido a las condiciones climáticas adversas que afectan al territorio nacional, con el objetivo de proteger a los servidores públicos y garantizar la continuidad de los servicios estatales. La medida fue informada por la propia institución el miércoles 8 de abril de 2026.
La disposición del MAP establece que las instituciones públicas deberán continuar sus labores bajo una modalidad reducida, dando prioridad al trabajo remoto cuando la naturaleza de las funciones lo permita. El ministerio indicó que esta decisión responde a las alertas emitidas por los organismos oficiales de protección civil ante la situación climática que incide sobre el país.
En ese contexto, la entidad instruyó que se otorgue especial consideración a los colaboradores que residan en zonas vulnerables o propensas a inundaciones, así como a quienes deban desplazarse desde localidades fuera del Gran Santo Domingo.
Presencialidad mínima en instituciones públicas para mantener servicios esenciales
El MAP precisó que, pese a la reducción de personal presencial, las áreas de atención directa a la ciudadanía deberán permanecer activas con el personal indispensable, a fin de asegurar una prestación continua, oportuna y eficiente de los servicios públicos.
De igual forma, el ministerio subrayó que no deben interrumpirse los servicios públicos esenciales, en especial los vinculados con salud, seguridad ciudadana, organismos de emergencia y socorro.
La institución también exhortó a las máximas autoridades de los entes y órganos del Estado a mantenerse atentas a la evolución de las condiciones climáticas para adoptar medidas adicionales si fuera necesario, incluida una eventual reducción o suspensión de la jornada laboral, conforme al comportamiento de la situación.
Base legal de la disposición del MAP
La medida fue sustentada por el ministerio en la Ley núm. 41-08 de Función Pública y en la Ley núm. 247-12 Orgánica de la Administración Pública, normativas que forman parte de la base legal del funcionamiento de la administración pública dominicana. Ambas leyes aparecen publicadas en el portal oficial del MAP.
Además, el MAP indicó que la aplicación de estas disposiciones deberá ejecutarse en coordinación con los lineamientos emitidos por el Centro de Operaciones de Emergencias (COE) y demás autoridades competentes, por lo que podrían ajustarse en función de cómo evolucionen las condiciones atmosféricas.